La negociación colectiva es la forma en que los trabajadores, a través de sus sindicatos, pueden negociar las condiciones en las que están empleados. La cobertura, es decir, la proporción de trabajadores cuyas condiciones se fijan mediante negociación colectiva, varía mucho en Europa. Y esta cifra es cada vez más importante porque una directiva de la UE de 2022 obliga a los gobiernos a actuar si la cobertura es inferior al 80%. El nivel de negociación también varía: algunos convenios abarcan todo un sector, mientras que otros sólo cubren a un empresario o, a veces, sólo una parte de un centro de trabajo.

Cobertura

Un indicador crucial de la importancia de la negociación colectiva en cada país es la proporción de trabajadores afectados por ella: su cobertura. Pero estas cifras no se recogen de forma coherente en los países en cuestión y, aunque en algunos países existen cifras fiables, a través de encuestas o detalles precisos sobre convenios individuales, en otros sólo hay estimaciones. Las cifras de esta sección y del gráfico proceden de la base de datos OCDE/AIAS, que reúne las cifras nacionales, aunque no puede eliminar las incoherencias entre ellas.

En el conjunto de la UE, casi dos tercios de los asalariados están cubiertos por la negociación colectiva, aunque existen importantes variaciones entre países. En algunos, la cobertura de la negociación colectiva es del 100% o casi, mientras que en otros es del 20% o inferior. Estas variaciones dependen de una combinación de la fuerza sindical, el marco jurídico, que en muchos casos amplía el alcance de la negociación colectiva, y el nivel en el que tiene lugar la negociación.

Los países nórdicos y el apoyo jurídico

En la parte superior de la tabla hay 12 países en los que la negociación colectiva abarca al 70% o más de todos los empleados, y se dividen en dos grupos principales. El primero es el de los cuatro países nórdicos, donde la alta cobertura de la negociación colectiva va acompañada de una alta densidad sindical. El segundo grupo está formado por ocho países, donde los altos niveles de cobertura de la negociación colectiva son el resultado, al menos en parte, del marco jurídico en el que tiene lugar la negociación colectiva. Esto incluye o bien un mecanismo formal para ampliar los convenios más allá de los empresarios y trabajadores que los firmaron inicialmente, como en Francia, Países Bajos o Portugal, o bien otra forma en la que se convierten en generalmente vinculantes, como en Italia, España, Bélgica o Austria. (Las cifras de Eslovenia, que también aparece en este grupo, se remontan a 2016. Cifras más recientes, publicadas en octubre de 2025, muestran una cobertura de la negociación colectiva en Eslovenia del 66,3% en 2024).

Alemania en el medio

Más abajo en la tabla, hay un grupo de siete estados donde la negociación colectiva oscila entre el 65% y el 40% En este grupo, que incluye a Alemania, los mecanismos para ampliar los convenios colectivos son menos importantes, y en la mayoría hay una combinación de acuerdos a nivel de industria y a nivel de empresa. (Este no es el caso en los siete estados. En el Reino Unido y Malta no existen convenios sectoriales en el sector privado, mientras que en Alemania predominan las negociaciones a nivel sectorial).

Parte inferior de la tabla

En la parte inferior de la tabla hay 11 países en los que la cobertura de la negociación colectiva es inferior al 35%. Salvo Irlanda y Grecia, se trata de los nuevos Estados miembros de la UE, en los que predominan los convenios de empresa sobre los de sector y, salvo en Rumanía, la densidad sindical es baja. La negociación a nivel de empresa significa que los salarios se fijan en los centros de trabajo individuales, y la baja densidad sindical significa que la mayoría de los centros de trabajo no tienen sindicatos que se encarguen de las negociaciones.

Collective bargaining coverage

Nueva directiva

El nivel exacto de cobertura de la negociación ha adquirido mayor importancia desde 2022, cuando se introdujo la normativa de la UE(Directiva (UE) 2022/2041) que exige a los Estados miembros establecer un plan de acción para promover la negociación colectiva, cuando la cobertura de la negociación es inferior al 80%. Como muestran las cifras, sólo ocho de los 27 Estados superan actualmente el umbral del 80%.

El nivel de negociación

El grado de cobertura no es la única cuestión preocupante en relación con la negociación colectiva. El nivel en el que tiene lugar la negociación y la forma en que interactúan los diferentes niveles también es crucial, y los 30 Estados examinados en la sección de relaciones laborales nacionales muestran una variedad de patrones.

En un puñado de países, un convenio nacional (a veces impuesto) establece un marco que deben seguir los negociadores del sector privado a niveles inferiores. Es el caso de Bélgica y, en cierta medida, de España.

En la mayoría de los países, incluidos Alemania, Francia e Italia, las negociaciones a nivel sectorial establecen las condiciones de la mayoría, o a veces de todos los trabajadores cubiertos por la negociación colectiva. Italia, por ejemplo, prevé formalmente que los aumentos de productividad se negocien a nivel de empresa, mientras que en Francia los convenios sectoriales a menudo sólo establecen condiciones mínimas, con mejoras negociadas a nivel de empresa o individualmente con los trabajadores. La relación jurídica entre los convenios sectoriales y los convenios de empresa también ha cambiado recientemente en varios países.

Prioridad sindical

En casi toda Europa, los sindicatos tienen prioridad a la hora de firmar convenios colectivos. (Por lo general, otros órganos de representación de los trabajadores, como los comités de empresa, sólo pueden firmar si no hay presencia sindical). Además, en varios países, la normativa establece las condiciones que determinan qué sindicatos tienen derecho a negociar. Estas condiciones, que a menudo están vinculadas a la afiliación sindical o al apoyo en las elecciones a representantes locales de los trabajadores, también son importantes para determinar el estatus de los sindicatos y las confederaciones sindicales.

En los informes nacionales se abordan otras cuestiones relacionadas con la negociación colectiva, como la duración de los convenios que se negocian, las estructuras tripartitas de negociación y la existencia de un salario mínimo nacional.